El presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, adelantó que en la sesión de este miércoles se iniciarán los debates del Código Penal cuyo informe final fue leído en la sesión de este martes en el hemiciclo.
Explicó que de las modificaciones que se realizaron a la controversial pieza hay algunas que ya fueron consensuadas con los distintos actores, pero que de todas formas serían debatidas en la sesión de este miércoles.
Pacheco informó que hoy que es se daría lectura a los informes disidentes si existieran y se discutirá el informe rendido por la Comisión Permanente de Justicia de la Cámara Baja.
En el informe rendido por la Comisión de Justicia de la Cámara Baja, que preside el diputado Alexis Jiménez, luego de ser aprobado en primera lectura, se realizaron unas modificaciones que fueron discutidas para ser conocidas en la segunda lectura hoy.
Entre las modificaciones se contempla el aumento de la pena a los delitos de corrupción administrativa, de 2 y 3 años que se había aprobado en primera lectura, pero que ahora serían condenas de 20 años más el acumulativo.
Igualmente la adulteración o falsificación de medicamentos, alimentos y bebidas.
Además se establece que quienes fabriquen, expendan o despachen medicamentos, bebidas o alimentos adulterados, falsificados o que contengan sustancias nocivas a la salud, serán sancionados con penas de cuatro a diez años de prisión mayor, multa de diez a veinte salarios mínimos del sector público, así como con el cierre de su establecimiento comercial, fábrica o almacén y el decomiso de los bienes, equipos y maquinarias.
También figura entre las modificaciones sancionar al agente o personal de un recinto policial o militar que niegue a un detenido el ejercicio del derecho a contactar, vía llamada telefónica a un familiar, abogado o persona de su confianza para informar sobre la restricción de su libertad, con uno y hasta dos años de prisión menor y multa de tres veces el salario que perciba el imputado al momento de la comisión de la infracción.
En la pieza legislativa, la corrupción será considerada grave cuando las sumas envueltas en el ilícito penal excedan los veinte salarios mínimos, en cuyo caso, de no exceder este límite el infractor o infractores serán sancionados con dos y hasta tres años de prisión menor e inhabilitación para ocupar funciones públicas por un término de diez a veinte años.
En tal sentido cuando el monto envuelto en el hecho punible sea entre los veinte y los mil salarios mínimos del sector público, la corrupción será considerada una infracción muy grave y se sancionará con cuatro y hasta diez años de prisión mayor e inhabilitación para ocupar funciones públicas por un término de treinta años.
Igualmente, en torno al peculado, el Código Penal establece que el funcionario o servidor público que sustraiga o distraiga para su provecho personal o para provecho de terceros, fondos públicos que le hayan sido entregados para su administración o preservación en razón de sus funciones, comete peculado, y será sancionado con diez y hasta veinte años de prisión mayor y multa por un monto que, de precisarse la suma involucrada en el fraude, será de entre diez a veinte veces dicha suma, y que en caso de no poder precisarse, será de diez a veinte veces el último salario que percibió el imputado mientras ejercía la función.
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