jueves, 16 de julio de 2015

Proyecto Ley de Salud controversia artículos de la discordia

Santo Domingo
Una gran controversia han causado en la sociedad dominicana varios artículos incluidos en el Proyecto de Ley de Salud Sexual y Reproductiva presentado a la Cámara de Diputados, lo que motivó que ese organismo lo devolviera a la comisión de salud, de donde éste provino.
Tres de los principales partidos políticos, a través de sus voceros de  la Cámara Baja, se unieron a las iglesias Católica y de otras denominaciones para rechazar el proyecto sugerido por los legisladores Cristian Paredes y Hugo Núñez.
Ante esto, el Centro de Estudios de Género de INTEC (CEG-INTEC) lamentó la decisión tomada por la Cámara de Diputados, a pesar de que ya esa instancia había presentado un informe favorable.
Lourdes Contreras, coordinadora del CEG-INTEC, calificó la decisión como una desconsideración al trabajo realizado en comisión durante más de un año, período en el cual se analizó y reformuló la pieza legislativa.
Ramón Rogelio Genao, vocero del PRSC, dijo que en la pieza se proponen acciones que van en contra de las buenas costumbres, la Constitución y los principios en que se fundó la nacionalidad.
Esa ley establece vías para el aborto y define relaciones contranatura, agregó el también secretario general del PRSC.
Mientras, Rubén Maldonado, vocero del PLD, alegó que  el proyecto se enfrenta a valores cristianos que forman parte de la sociedad dominicana, como la familia y el matrimonio.
Entretanto, Ruddy González, vocero del Partido Revolucionario Dominicano, opinó que los cristianos no pueden respaldar ninguna iniciativa que tienda “a legalizar la muerte y el asesinato”.
“Este proyecto de ley que estaba supuesto a ser conocido en primera lectura este martes 14, le da por primera vez a la sociedad la oportunidad de colocarse de manera independiente en la toma de decisiones sobre información y acceso a servicios relacionados con su salud sexual y su salud reproductiva y el acceso a métodos anticonceptivos efectivos”, refirió Lourdes Contreras.
Hay mentiras
Laura Bretón, del Centro de Investigación para la Acción Femenina (CIPAF),  negó que este proyecto promueva el aborto como alegan sus detractores, y dijo que por el contrario va a crear un sistema de atención a la salud sexual.
“Recordemos también que aprobó la despenalización del aborto en tres causas: cuando la salud de la madre esté en peligro; cuando se es víctima de una violación,  y en caso de que el feto no sea viable”.
Esta legislación no tiene nada de eso, “eso está en el código penal”, agregó.
Ellos están utilizando mentiras para desvirtuar el proyecto. Alega que el país tiene un número muy alto de embarazo en adolescentes.
Las iglesias
Este proyecto unió a las iglesias en un fin común: que se rechace.
La Conferencia del Episcopado Dominicano llamó a la ciudadanía a oponerse a la pieza que dice que aspira a un proyecto de ley que tome en cuenta la educación integral de las personas.
Mientras que el Consejo Dominicano de Unidad Evangélica (CODUE) alegó que el proyecto promueve la muerte, porque garantiza el aborto en niñas y adolescentes y limita la información a los padres, solo en caso de emergencia, afectando a instituciones jurídicas milenarias.
Los proponentes de la pieza
El diputado Hugo Núñez, uno de los proponentes, dijo estar de acuerdo con el diálogo con las iglesias, y que por esa razón se envió a la comisión con el propósito de realizar las vistas públicas necesarias para escuchar a los sectores que están a favor y en contra de la pieza.
El  diputado del Partido Revolucionario Dominicano (PRD) sostiene que la gente tiene derecho a una educación sexual integral, como está planteado en los artículos 61 y 63 de la Constitución de la República.
 “Hay que buscar una salida a todos los embarazos de menores que están ocurriendo hoy en día en la República Dominicana”, advirtió.
El aborto
Artículo 64: La mujer embarazada podrá solicitar la interrupción de embarazo dentro de las primeras doce semanas de gestación cuando éste haya sido causado por una violación sexual o incesto, para lo cual deberá cumplir con ciertas condiciones.
Anticonceptivos
Artículo 34: La provisión de métodos anticonceptivos será realizada acorde con las necesidades de las y los usuarios demandantes de los mismos. En caso de adolescentes, se tomarán en cuenta condiciones particulares, incluyendo edad, paridad y capacidad progresiva.
Libertad Sexual
Artículo 5: 
El Estado garantiza la libertad sexual y la libre determinación para la toma de decisiones sobre el cuerpo y expresión de la sexualidad, sin ningún tipo de coerción, explotación, violencia o abuso en cualquier etapa de la vida. 
Los adolescentes
Artículo 67: En los casos de menores de edad que opten por la interrupción del embarazo por cualquiera de las tres causales contempladas en esta ley, se deberá informar al menos a uno de los representantes legales. Se prescindirá de la información señalada en el inciso anterior cuando la menor de edad fundadamente esto le provocara un conflicto grave.

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