viernes, 23 de septiembre de 2016

NIÑOS VAN A LA ESCUELA SIN DOCUMENTACIÓN. Deguis rechazó ayuda para registrar a hijos DECLARACIÓN. COMISIÓN DE LA JCE ACUDE A SU RESIDENCIA

  • Deguis rechazó ayuda para registrar a hijos
    Procedimiento. Juliana Deguis Pierre dijo que no había ido a buscar las certificaciones de sus hijos en los hospitales donde nacieron, porque no tiene siquiera el dinero del pasaje del transporte público.
  • Deguis rechazó ayuda para registrar a hijos
Santo Domingo
Juliana Deguis Pierre habría rechazado la asistencia de la Junta Central Electoral (JCE) para declarar de forma tardía a sus cuatro hijos, según consta en un informe de la Dirección de Inspectoría de la JCE, que acudió a su residencia para conocer y ayudarle en los procesos de declaraciones.
La señora Deguis Pierre le habría dicho a la JCE que aun no ha realizado ninguna solicitud de declaración tardía de nacimiento y que se encuentra en el proceso de obtener las certificaciones de nacidos vivos de sus hijos en los hospitales donde nacieron, para entonces depositarlas en las Oficialías correspondientes.
El informe está a la firma de Enrique Bolívar Peña Valentín, inspector de la JCE, quien afirma haber invitado a la señora Deguis a la Oficialía de Yamasá, en Monte Plata, para explicarle el procedimiento que debía seguir para que sus hijos sean inscritos en el Registro Civil.
Dice Peña Valentín en su informe que en un principio la señora Deguis Pierre estuvo de acuerdo en acompañarle hasta que habló con la señora María Candido, que previamente se había identificado como enlace de la comunidad con Deguis.
“Nos informó que se había comunicado con su abogado y que éste le había recomendado no hablar con nadie sin su presidencia, que no nos acompañara a ningún lado, porque él tenía que estar presente”, dice el inspector en su informe.
El pasado miércoles este diario publicó una entrevista que le realizara Belkys Castillo, del medio de comunicación Proceso, donde Juliana Deguis se quejaba de que los grupos de apoyo que le habían respaldado en su lucha por la ciudadanía dominicana ahora le habían abandonado. Esa declaración fue luego rechazada por su abogado, Genaro Rincón, que asegura su cliente fue malinterpretada.
Su nombre se conoció por la sentencia 168-13 emitida por el Tribunal Constitucional que versó sobre la nacionalidad dominicana y cómo se accedía a ella, abriendo un debate que parece eterno sobre la situación irregular de los migrantes en el país.
Deguis interpuso un recurso de amparo ante la justicia dominicana cuando la JCE se negó a entregarle su cédula de identidad, con el argumento de que su acta de nacimiento había sido emitida de manera irregular.
La publicación del LISTÍN del pasado miércoles recuenta que los cuatro niños de Deguis tienen 15, 13, 9 y 7 años de edad. Uno de sus lamentos es que están yendo a la escuela sin documentación, solo porque una de sus profesoras los ha mantenido hasta que ella haga la inscripción en el registro civil.
La documentación de nacidos vivos que Deguis necesita se encuentra en la maternidad La Altagracia, y otros dos papeles en Villa Mella, donde habrían nacido sus hijos. Dijo que no había hecho las declaraciones porque no tiene siquiera el dinero del pasaje del transporte público para movilizarse a realizar las diligencias.
A propósito de esta información la JCE envió al director de este diario un expediente que contiene una fotocopia del acta transcrita de la señora Deguis, que puede ser retirada en cualquier Oficialía del Estado Civil en el país; también una fotocopia de la cedula de identidad y electoral de Juliana y copia del informe levantado por el Departamento de Inspectoría de la JCE.
Está a la firma de Félix Reyna, director de Comunicaciones. El informe sobre la visita concluye con la recomendación de dar seguimiento a este caso con la finalidad “de dar respuesta según corresponda, dando fiel cumplimiento al mandato de la Ley 659 del 1944, sobre Actos del Estado Civil, la Ley 169-14 y las demás disposiciones administrativas de la JCE, en lo relativo a esta materia”.  
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EL MANDATO DE LA LEY Y DISPOSICIONES DE JCE

El informe sobre la visita concluye con la recomendación de dar seguimiento a este caso con la finalidad “de dar respuesta según corresponda, dando fiel cumplimiento al mandato de la Ley 659 del 1944, sobre Actos del Estado Civil, la Ley 169-14 y las demás disposiciones administrativas de la JCE, en lo relativo a esta materia”

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