La Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) descargó este lunes por insuficiencia de pruebas y por no estar configurado los tipos penales establecidos en la acusación al diputado del Partido Revolucionario Moderno (PRM) por Santiago, Gregorio Domínguez, acusado de allanamiento ilegal en la comunidad de Punta Rucia.
La decisión tuvo un voto disidente de la jueza María Garabito, quien consideró que existe vínculo de Basilio Catalino, quien contrató la retroexcavadora que demolió la vivienda, con el diputado por lo que el legislador debió ser condenado a 3 meses de prisión suspendida, por los daños causados.
La sentencia íntegra será leída el próximo lunes 31 de octubre.
Al diputado se le atribuía haber destruido una vivienda a la dominico-italiana Nelly Capellán.
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El presidente del tribunal Francisco Jerez Mena inicio la lectura cerca del mediodía narrando la acusación y los argumentos sostenidos por la defensa y la parte civil.
Indicó que el tribunal estableció incongruencias en lo que dijo la querellante de que los terrenos donde se destruyó la vivienda eran propiedad del Instituto Agrario Dominicano, y que la institución señaló que no tenía terreno en ese lugar.
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