miércoles, 5 de diciembre de 2012

Cámara convierte en ley el proyecto de amnistía fiscal


Legislativa. Con la aprobación en el Congreso Nacional, la Ley de Amnistía Fiscal será enviada al Ejecutivo para su promulgación.                                                                                                                                                 Santo Domingo
La Cámara de Diputados aprobó  ayer  en dos lecturas consecutivas el proyecto de amnistía fiscal, con la que el Gobierno recibirá  entre los RD$2,500 a tres mil millones con  su puesta en práctica.
La pieza fue aprobada sin modificaciones, o sea, tal como la  remitió el Senado, por lo que quedó convertida en ley, a la espera de su promulgación por parte del Poder Ejecutivo. La propuesta que declara de alta prioridad la persecución y sanción de la evasión y la defraudación tributaria, fue aprobada con 99 votos y será enviado al Poder Ejecutivo para su promulgación. No fue debatida por los diputados.
De acuerdo a la ley, la administración tributaria presentará al Congreso, en un plazo de seis meses, un anteproyecto de ley que dinamice y fortalezca las medidas de prevención, control y sanción de los infractores del sistema tributario.
No podrán acogerse a la amnistía tributaria los contribuyentes que presenten deudas por investigación de falsificación en el uso de Números de Comprobantes Fiscales, como tampoco aquellos en investigación por falsedad en materia aduanera.
También que el hecho de acogerse a la presente amnistía no representa en modo alguno limitación de la responsabilidad penal por la comisión de ilícitos penales. El pleno acogió el informe presentado por la comisión de Hacienda.
La amnistía será establecida para el pago de Impuesto Sobre la Renta, a las Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) y la Transferencia Inmobiliaria.
También a los impuestos sobre sucesiones, a la Propiedad Inmobiliaria (IPI), a los activos aplicados a la propiedad inmobiliaria y a los intereses, recargos y multas relativos a la importación de mercancías.
Se establecen reglas para la aplicación de esta amnistía, por lo que exige que el monto a pagar sea eximido de recargos e intereses sólo si se hace un pago único dentro de los primeros veinte días contados a partir de la fecha de autorización de pago emitida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). 

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