SANTO DOMINGO.- El Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD) impugnó la resolución número 21/2018, de fecha 6 de junio del 2018, mediante la cual se pretende instaurar un impuesto de RD$350.00 por cada documento notarial elaborado en la República Dominicana, la que calificó como ilegal y abusiva.
Miguel Surun Hernández, presidente del CARD, denunció que esta resolución fue emitida por el Consejo del Poder Judicial usurpando funciones de la Suprema Corte de Justicia y del Congreso Nacional, por lo que depositó un recurso de reconsideración de la medida en la secretaria de la Suprema Corte de Justicia.
Surun Hernández explicó que con la entrada en vigencia de la citada resolución, todos los contratos y documentos notarizados tendrán que pagar doble tasa de registro, una a los ayuntamientos y otra a la Cámara civil y Comercial correspondiente, lo que constituye en una flagrante invasión de las atribuciones exclusivas del Congreso Nacional y de la Suprema Corte de Justicia.
“Dicha medida viola las leyes 2334 de Registros de Actos Civiles que faculta a las oficinas de registro civil de los ayuntamientos para notarizar documentos; así como las disposiciones de la Ley 140-15 del Notariado, la cual consagra la formalidad del registro solo en los cabildos”, expresó el jurista.
Agregó que “Pero peor aún dicha resolución se constituye un mecanismo sancionador para los notarios, que administrativamente no se encuentran bajo la dependencia administrativa del poder judicial; con lo cual se afecta el principio de seguridad jurídica; ya que el órgano emisor la emite sin atribución alguna en esa materia; sino porque ese reglamento modifica de golpe y por razón la Ley 140-15.”
Reiteró que el registro de documentos es una potestad de los ayuntamientos, salvo el caso de testamentos y poderes especiales, que por razones atendibles la Ley 140 consagró un registro especial por ante el poder judicial; pero nunca para la universalidad de todos los documentos, como se pretende con una resolución ilegal, que atenta contra la economía de los abogados y de la sociedad en su conjunto; por lo que debe ser revocada
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