El pleno del Tribunal Superior Electoral (TSE) designó a dos suplentes como jueces de Atención Permanente para el conocimiento de la etapa preparatoria e intermedia del proceso penal electoral en los casos de delitos electorales.
Mediante la resolución TSE-002-2020, el pleno de la Alta Corte designó para esas fases a Fernan Ramos Peralta y Rosa Pérez, suplentes de los jueces titulares Santiago Sosa y Cristian Perdomo, respectivamente, quienes desempeñarán esas funciones hasta el 14 de septiembre del 2020.
En tanto, el pleno del TSE dejó a cargo de su presidente, Román Jáquez Liranzo, la atribución de designar al juez de la instrucción para el conocimiento de los casos específicos en esas etapas.
Mientras, decidió que todos los magistrados titulares conocerán de todas las etapas del proceso penal electoral, atendiendo a las necesidades. Los magistrados titulares son Román Jáquez Liranzo, presidente, Rafaelina Peralta, Cristian Perdomo, Santiago Sosa y Ramón Arístides Madera.
La resolución establece que queda a cargo del Pleno de ese tribunal convocar mediante auto a los 3 jueces suplentes restantes para conocer de las etapas de proceso penal electoral, según las necesidades jurisdiccionales que pudieran presentarse. Estos desempeñarán sus funciones, según la resolución, hasta el 30 de junio del 2020.
Dispone que todos los jueces suplentes designados y/o convocados para conocer de las infracciones penales electorales ejercerán sus funciones de manera exclusiva, sin que puedan desempeñar ninguna otra actividad remunerada por el período en que sean designados, salvo la docencia, en virtud del párrafo III del artículo 6 de la ley 29.11, orgánica del TSE. Indica que la remuneración de los jueces suplentes será establecida en base a las disposiciones de la ley 29-11.
Declara inadmisible
El TSE declaró inadmisible, por falta de objeto, la acción de amparo de extrema urgencia interpuesta en contra de la Junta Central Electoral (JCE), por presuntamente violar los derechos fundamentales de elegir y ser elegido cuando dispuso la suspensión de las elecciones municipales del domingo 16 de febrero. El TSE consideró que las pretensiones de los accionantes han sido satisfechas con la proclama que dictó la JCE que convoca a elecciones extraordinarias para el 15 de marzo señalando que será con método de votación manual o tradicional. El Tribunal acogió la petición de inadmisibilidad planteada por la defensa legal de la Junta en audiencia.
El TSE declaró inadmisible, por falta de objeto, la acción de amparo de extrema urgencia interpuesta en contra de la Junta Central Electoral (JCE), por presuntamente violar los derechos fundamentales de elegir y ser elegido cuando dispuso la suspensión de las elecciones municipales del domingo 16 de febrero. El TSE consideró que las pretensiones de los accionantes han sido satisfechas con la proclama que dictó la JCE que convoca a elecciones extraordinarias para el 15 de marzo señalando que será con método de votación manual o tradicional. El Tribunal acogió la petición de inadmisibilidad planteada por la defensa legal de la Junta en audiencia.
El fallo fue leído por el presidente del TSE, Jáque Liranzo, quien señaló que fue a unanimidad de los 5 jueces. La acción fue sometida por los abogados Ángel Lockward, Carlos Escalante, Felidonio Rodríguez, Dohrys Abrajim Ruís, Eilin Bautista y Pamela Santana.
pleno de los jueces del TSE durante la audiencia que realizaron ayer. /RAÚL ASENCIO
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