SANTO DOMINGO.- El presidente Luis Abinader prohibió este jueves en la noche mediante decreto que los organismos del Estado compren vehículos de motor, sin autorización escrita del Ministro Administrativo de la Presidencia, y que los funcionarios usen vehículos oficiales los sábados, domingos y días feriados.
También dispuso que las exoneraciones y exenciones de vehículos de motor deberán ajustarse a lo dispuesto por las leyes que rigen la materia.
En cuanto a los vehículos oficiales, sólo se permitirá su uso con la autorización previa y expresa del titular de la institución correspondiente para la ejecución estricta de labores institucionales. Quedan exceptuados de esta disposición los servidores públicos vinculados a la seguridad nacional, el personal de la salud y el de entidades dedicadas a servicios públicos esenciales.
VIAJES AL EXTERIOR NO AUTORIZADOS
El decreto 71-24 también prohíbe las salidas al exterior de los servidores públicos en asuntos oficiales que no cuenten con el permiso correspondiente.
LIMITA USO DE FRANQUEADORES
Asimismo, indica que solo podrán disponer de flanqueadores motorizados el Presidente y Vicepresidente de la República, los ministros de Defensa e Interior y Policía; los comandantes generales de las Fuerzas Armadas, el Director General de la Policía Nacional; la Procuradora General de la República; el Presidente de la Dirección Nacional de Control de Drogas y el Director Nacional de Inteligencia.
Del mismo modo queda prohibida la compra de efectos promocionales de rendición de cuentas, impresiones o boletines informativos, entre otros de igual naturaleza.
El Poder Ejecutivo prohíbe salvo autorización expresa del ministro Administrativo de la Presidencia, los compromisos de gastos originados por fiestas, agasajos, recepciones, celebraciones u otras actividades de similar naturaleza, con excepción de las que realicen la Presidencia de la República, el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio de Turismo.
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