miércoles, 20 de noviembre de 2013

Tribunal Constitucional declara inconstitucional escuchas telefónicas sin autorización judicial

EFE
El Tribunal Constitucional (TC) decidió que la resolución 86-11 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), que autoriza a los organismos de seguridad del Estado a espiar las llamadas telefónicas de cualquier ciudadano sin la autorización de un juez, es inconstitucional porque "violenta el derecho a la intimidad, en su vertiente de derecho al secreto y privacidad de la comunicación".
Asimismo, la decisión del TC establece que esa medida del Indotel altera el "principio de razonabilidad, el principio del debido proceso y el principio de legalidad penal, contenidos en la Carta Magna" dominicana.
La sentencia, que fue dada a conocer este martes, pero que fue dictada el 7 de noviembre, fue aprobada con once votos a favor y un voto disidente, informó el tribunal en un comunicado de prensa.
El Tribunal Constitucional consideró que los accionantes, los periodistas Namphi A. Rodríguez, José Rafael Molina Morillo, la Fundación Prensa y Derecho y el Centro para la Libertad de Expresión de la República Dominicana, "demostraron tener un interés legítimo y jurídicamente protegido, en vista de que los efectos de la ejecución de las disposiciones contenidas en la resolución 86-11 pudieran afectar el manejo de datos relacionados al tráfico y conexión de las comunicaciones de dichos ciudadanos, por lo cual podrían resultar perjudicados con dicha resolución".

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