jueves, 16 de enero de 2014

Conocerán este viernes solicitud de libertad condicional de Sobeida

El juez del Tribunal de la Ejecución de la Pena del Departamento Judicial de San Cristóbal, Willis de Jesús Muñoz, conocerá este vienes a las 09:00 de la mañana el conocimiento de una solicitud de libertad condicional,  interpuesta por segunda vez por la  interna Sobeida Félix Morel a través de su abogado Pantaleón Mieses, con el objetivo de buscar que se le varíe la prisión a libertad.
El Ministerio Público estará representado por el fiscal adjunto Nicasio Pulinario.
El doctor Pantaleón Mieses, abogado de la interna Félix Morel, condenada por lavado de activo el 26 de septiembre de 2011 por los jueces del Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, por  lavado de activos provenientes de la infracción grave y asociación de malhechores, porque ocultó, encubrió, detentó y transfirió bienes muebles e inmueble de origen ilícito, incluido los US$4.5 millones ocupados en su poder y el segundo, por porte ilegal de armas de fuego.
La interna Félix Morel fue sentenciada a 5 años, tras llegar a un acuerdo con el Ministerio Público el cual consistía en declararse culpable de los hechos y entregar los bienes que esta posea a su nombre.
El jurista Mieses presenta la solicitud de libertad condicional a favor de su cliente, mediante los alegatos que cumple con  los requisitos que establece la ley para dicho pedimento.
En ese sentido, establece en la instancia que su cliente ha  cumplido con más de la mitad de la pena impuesta que fue de cinco años de cárcel,  que según el auto del cómputo de la pena numero 1169-2012-301-01 de fecha 18 de septiembre de 2012, emitido por el Tribunal de la Ejecución de la Pena de San Cristóbal, la interna ha  cumplido la mitad de su pena el día catorce (14) del mes de diciembre del año 2012.
Por tal razón, su cliente lleva en prisión tres (3) años y cinco  (5) meses, que es  un año más de la mitad del tiempo de su condena de cinco (05) años de cárcel.
Además,  que la interna ha demostrado hábito de trabajo y observado conducta intachable en el penal donde está recluida, también ha realizado una serie de curso para poder reinsertarse a la sociedad.
También, aporta como garante a quien era su abogado anterior el jurista Félix Humberto Portes Núñez, en la solicitud de libertad condicional, ya que el doctor podrá dar seguimiento, orientación y ayuda a la Señora  Félix Morel en aras de que pueda lograr su reinserción en la sociedad.
Se recuerda,  que el pasado 8 de enero el  juez de la Segunda Sala de la Cámara Penal del Distrito Nacional, Franny González declaro inadmisible el conocimiento del recurso de amparo interpuesto por la interna Félix Morel, a través de su abogado Félix Portes, con el objetivo  que el Ministerio Público cumpla con el acuerdo que firmó con ella.
El magistrado González Castillo adoptó su decisión,  a los fines de que el abogado Portes  presente los elementos de pruebas y testigos que hará valer el recurso.
Sin embargo,  el 10 de diciembre 2013 el juez de la Octava sala Penal, Teófilo Andújar, declaró inadmisible el recurso de amparo que interpuso de Extrema Urgencia Félix Morel contra las autoridades por incumplimiento del acuerdo que hizo el Ministerio Público con la interna.
La interna Sobeida, quien está recluida en el Centro de Corrección y Rehabilitación de la cárcel Najayo-Mujeres, San Cristóbal, por delito de lavado de activos en la red del narcotraficante boricua José David Figueroa Agosto.
En la instancia la reclusa pide al tribunal que ordene al ministerio publico a no oponerse a cualquier solicitud de libertad condicional que interponga por ante el juez de la ejecución de la pena, tras señalar que el acuerdo de cooperación del 28 de marzo del 2011, establece que este no se opondría a ningún pedido.
La reclusa alega que el ministerio público con su negatividad de cumplir dicho acuerdo, ha violentado el principio de la legalidad de actuaciones, objetividad, invisibilidad y unidad de actuaciones, seguridad jurídica, derecho  a la igualdad y el derecho a la integridad síquica.
Cita que el acuerdo establece que como obligaciones de la recurrente está el de cooperar, ceder bienes, declararse culpable, no apelar,  y que el ministerio representado en esa ocasión por el ex fiscal Alejando Moscoso Segarra se comprometió a solicitar cinco años de reclusión, ofrecer protección y cooperación para salir y no oponerse a la solicitud de libertad condicional y solicitud de autorización para salir del país.
La interna ha interpuesto estos dos recurso debido que ha solicitado dos veces la libertada condicional  ante el tribunal de la Ejecución de la Pena de San Cristóbal y el ministerio público se opuso violando el acuerdo de cooperación antes referido como se puede recoger en la resolución numero 007/2013 del pasado 16 de enero, dictada por el juez del tribunal Willis Núñez, que rechazo dicho pedimento.
Posteriormente, interpuso un recurso de apelación de la decisión del juez de la Ejecución a los fines de lograr la libertad condicional por lo que el ministerio publico nueva vez se opuso a la solicitud de libertad condicional, en violación al acuerdo de cooperación antes referido según resolución numero 294-2013-00008 de fecha 22 de abril de 2013 dictada por la Cámara Penal de la Corte De Apelación del Departamento Judicial de San Cristóbal.

No hay comentarios: