El Tribunal Constitucional anuló una disposición del Consejo Universitario de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), que exige tener menos de 50 años para participar en el concurso de oposición requerido para el ingreso como docente en esa academia.
La alta corte declaró no conforme con la Carta Magna el literal d, del artículo 5, de la resolución número 2015-004, dictada por el Consejo Universitario de la UASD el 22 de enero de 2015; además acogió una acción directa de inconstitucionalidad incoada por los señores José Franklin Zabala Jiménez, Genaro Pimentel Lorenzo y Eury Mora Báez.
Por igual dispuso que la decisión sea notificada, vía secretaría, a los accionantes, a la UASD y a la Procuraduría General de la República.
El dispositivo del fallo fue divulgado en el comunicado 17/22, publicado el 15 de junio en la página de internet del Tribunal Constitucional, en la cual se hace constar que contiene votos particulares.
La acción de inconstitucionalidad fue conocida en audiencia pública celebrada el 11 de junio del 2018, en la cual había quedado en estado de fallo.
Otros requisitos
Además del requisito anulado por el Tribunal Constitucional, el reglamento del Consejo Universitario de la UASD impone otras condiciones para el ingreso a la docencia, entre ellas ser profesional egresado de una institución de educación superior reconocida por el Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (MESCYT), poseer título mínimo de maestría en el área o áreas afines a la asignatura en que desea concursar, y tener un índice general de 70 puntos o más en la carrera de grado.
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