En momentos en que varios sectores piden la unificación de 14 instituciones relacionadas con el tránsito y el transporte, y poner fin a la dispersión que ha impedido mejorar el caótico servicio, un grupo de diputados introdujo en la pasada legislatura un proyecto de ley que propone la creación de la Dirección Nacional de Motoconcho.La pieza, firmada por quince diputados del Partido Revolucionario Dominicano (PRD), entre los que figuran Alexis Jiménez y Esther Minyetti, plantea regular el transporte de pasajeros en motocicletas en el país, creando una nueva entidad adscrita al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones.
Los legisladores argumentan en uno de sus considerandos que la iniciativa de ley número 03886-2010-2016, surge bajo la motivación de contribuir con la estabilidad económica y productiva de sectores informales, especialmente de jóvenes carentes de formación productiva, garantizando la paz y el crecimiento del país.
Sostienen que el transporte de pasajeros en motocicletas, conocido como motoconcho, es una realidad que se ha impuesto como resultado de la solución al traslado de personas a lugares y distancias que ningún otro sistema puede proveer en relación a su costo.
Señalan que el fenómeno del motoconcho no es exclusivo de República Dominicana sino que también existe en otros países de Centro y Suramérica, donde por su importancia, ha sido legalizado y reglamentado para su control y eficacia como complemento del servicio público de transporte de pasajeros.
Inclusión a la Seguridad Social
Entre las novedades contempladas en el anteproyecto de ley se encuentra la inclusión de los operarios de este medio de transporte, así como de sus dependientes directos, al Sistema de Seguridad Social en el plan Contributivo Subsidiado establecido en la Ley 87-01 de Seguridad Social, a través del Seguro de Salud Nacional, Senasa.
La normativa también establece la obligación de que todos los motoconchistas se organicen en asociaciones, las cuales deberán ser registradas en la Dirección Nacional de Motoconcho.
A su vez, las asociaciones de una comunidad se asociarán hasta formar una confederación nacional que agrupe a los sindicatos del país y los represente ante la Dirección Nacional de Motoconcho.
El artículo tres de la pieza establece que la asociación a la que pertenece cada afiliado debe prestar los servicios burocráticos y de asesoría a todos sus miembros para garantizar la legalidad del transporte; el cumplimiento de los requisitos para transitar con licencia válida, seguro, placa, distintivos, comportamiento cívico y moral; los beneficios del seguro, y eficacia del servicio.
También será obligatoria la identificación del motoconchista colocada en la espalda de la camisa o chaleco, así como en la parte trasera de la motocicleta. La violación a esta disposición conllevará una pena equivalente a cinco (5) salarios mínimos del sector público.
Contradice otra propuesta de ley
La iniciativa entra en contradicción con otra propuesta de ley que cursa desde hace tres años en el Congreso Nacional. Se trata de la ley de “Movilidad, Tránsito, Transporte Terrestre y Seguridad Vial” , de la autoría del diputado Tobías Crespo, que aglutinaría las 14 entidades relacionadas con el sector en la Autoridad Única de la Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial. Dicha ley prevé eliminar la dispersión, con un organismo descentralizado del Estado, con personalidad jurídica y autonomía administrativa, financiera y técnica, adscrito al Ministerio de Obras Públicas.
Hay 200 mil motoconchistas en RD
Unas 200 mil personas ofrecen el servicio de motoconcho en todo el país, según recientes declaraciones del director de la Oficina Técnica de Tránsito Terrestre (OTTT), Héctor Mujica.
Sin embargo, estas cifras no coinciden con el Plan Estratégico 2013-2016 elaborado por la propia OTTT, el cual establece que en sus registros hay unos 46,344 motoconchistas que prestan servicio en un total de 5,274 paradas; de estas, 1,444 corresponden a la provincia Santo Domingo y el Distrito Nacional y son servidas por 12,906 motoconchistas. De estos, sólo el 15% cuenta con la licencia de conducir. En cuanto a la propiedad de la motocicleta, el 67% es propietario, el 23% la alquila, el 2% prestada. Según la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), el 52.2% del parque vehicular a diciembre de 2013, está compuesto por motocicletas.
Los legisladores argumentan en uno de sus considerandos que la iniciativa de ley número 03886-2010-2016, surge bajo la motivación de contribuir con la estabilidad económica y productiva de sectores informales, especialmente de jóvenes carentes de formación productiva, garantizando la paz y el crecimiento del país.
Sostienen que el transporte de pasajeros en motocicletas, conocido como motoconcho, es una realidad que se ha impuesto como resultado de la solución al traslado de personas a lugares y distancias que ningún otro sistema puede proveer en relación a su costo.
Señalan que el fenómeno del motoconcho no es exclusivo de República Dominicana sino que también existe en otros países de Centro y Suramérica, donde por su importancia, ha sido legalizado y reglamentado para su control y eficacia como complemento del servicio público de transporte de pasajeros.
Inclusión a la Seguridad Social
Entre las novedades contempladas en el anteproyecto de ley se encuentra la inclusión de los operarios de este medio de transporte, así como de sus dependientes directos, al Sistema de Seguridad Social en el plan Contributivo Subsidiado establecido en la Ley 87-01 de Seguridad Social, a través del Seguro de Salud Nacional, Senasa.
La normativa también establece la obligación de que todos los motoconchistas se organicen en asociaciones, las cuales deberán ser registradas en la Dirección Nacional de Motoconcho.
A su vez, las asociaciones de una comunidad se asociarán hasta formar una confederación nacional que agrupe a los sindicatos del país y los represente ante la Dirección Nacional de Motoconcho.
El artículo tres de la pieza establece que la asociación a la que pertenece cada afiliado debe prestar los servicios burocráticos y de asesoría a todos sus miembros para garantizar la legalidad del transporte; el cumplimiento de los requisitos para transitar con licencia válida, seguro, placa, distintivos, comportamiento cívico y moral; los beneficios del seguro, y eficacia del servicio.
También será obligatoria la identificación del motoconchista colocada en la espalda de la camisa o chaleco, así como en la parte trasera de la motocicleta. La violación a esta disposición conllevará una pena equivalente a cinco (5) salarios mínimos del sector público.
Contradice otra propuesta de ley
La iniciativa entra en contradicción con otra propuesta de ley que cursa desde hace tres años en el Congreso Nacional. Se trata de la ley de “Movilidad, Tránsito, Transporte Terrestre y Seguridad Vial” , de la autoría del diputado Tobías Crespo, que aglutinaría las 14 entidades relacionadas con el sector en la Autoridad Única de la Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial. Dicha ley prevé eliminar la dispersión, con un organismo descentralizado del Estado, con personalidad jurídica y autonomía administrativa, financiera y técnica, adscrito al Ministerio de Obras Públicas.
Hay 200 mil motoconchistas en RD
Unas 200 mil personas ofrecen el servicio de motoconcho en todo el país, según recientes declaraciones del director de la Oficina Técnica de Tránsito Terrestre (OTTT), Héctor Mujica.
Sin embargo, estas cifras no coinciden con el Plan Estratégico 2013-2016 elaborado por la propia OTTT, el cual establece que en sus registros hay unos 46,344 motoconchistas que prestan servicio en un total de 5,274 paradas; de estas, 1,444 corresponden a la provincia Santo Domingo y el Distrito Nacional y son servidas por 12,906 motoconchistas. De estos, sólo el 15% cuenta con la licencia de conducir. En cuanto a la propiedad de la motocicleta, el 67% es propietario, el 23% la alquila, el 2% prestada. Según la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), el 52.2% del parque vehicular a diciembre de 2013, está compuesto por motocicletas.
Planes para regular el servicio no han cuajado
El desbordado crecimiento de este medio de transporte motivó a que en el año 2008 la OTTT anunciara un proyecto para regular a los motoconchistas a través de su Departamento Nacional de Organización y Regulación del Motoconcho. En 2010 se elaboró una normativa para operar este transporte, la cual establece entre otras cosas, la expedición de una tablilla de identificación, uso de licencia de conducir, un carnet de miembro de una federación o sindicato y portar casco protector y chalecos reflectores. Cuatro años después, apenas 430 motoconchistas cuentan con tablillas de identificación que operan paradas en distintas ciudades del país. Mientras que, el año pasado, la Autoridad Metropolitana de Transporte (Amet) y la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) puso en marcha otro proyecto para regular los motoconchos, como uno de los ejes del Plan Integral de Seguridad Ciudadana, a raíz de los atracos a motoristas para despojarlos de sus unidades, así como el uso de ese transporte para cometer otros crímenes. Se trata del Programa Especial de Regulación del Registro y Emisión de Placas de Motocicletas que prevé la entrega de nuevas chapas y la instalación de radiofrecuencias para lecturas a distancia de los datos de los vehículos, que aunque finalizaría en diciembre del año pasado aún no concluye.
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