SANTO DOMINGO.- El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) actualizó las penalidades económicas a las prestadoras de servicios de telecomunicaciones que violan los reglamentos que protegen los derechos de los usuarios.
Indotel explicó que la actualización elevó el valor a cobrar, de 87 mil 815 pesos, a 89 mil 203 pesos con 47 centavos, con lo cual preserva su nivel de sanción económica.
El organismo de las telecomunicaciones argumentó la medida contenida en el artículo 77 de la Ley General de Telecomunicaciones número 153-98, que establece entre sus objetivos el defender y hacer efectivos los derechos de los clientes, usuarios y prestadores de servicios que se rigen por sus respectivos reglamentos.
Una nota de la gerencia de Comunicaciones señala que entre sus deberes está hacer cumplir las obligaciones de las partes y, en su caso, sancionar a quienes no las cumplan, de conformidad con las disposiciones contenidas en la norma y sus reglamentos.
"La ley dispone que el Consejo Directivo tenga la atribución de actualizar los montos de los derechos, tasas, contribuciones, cánones y los cargos por incumplimiento establecidos", consigna el Indotel. Indica que para la modificación del CI tomó en cuenta el Informe del Índice de Precio al Consumidor publicado por el Banco Central.
Indotel dispuso que la resolución y su anexo sean publicados de forma íntegra en un periódico de circulación nacional, en su boletín oficial y en su página Web.
Según los antecedentes, el artículo 108 de la Ley General de Telecomunicaciones, No. 153-98, establece un Cargo por Incumplimiento equivalente al valor de 20 mil pesos. Conforme al mismo artículo el órgano regulador debe actualizar el CI, por resolución, "a fin de preservar su nivel de sanción económica", utilizando el Índice de Precios al Consumidor publicado por el Banco Central de la República Dominicana.
Explica que el Cargo por Incumplimiento fue actualizado por primera vez mediante la resolución número 022- 01, dictada por el Consejo Directivo del INDOTEL con fecha 6 de abril del año 2001, modificando su valor de la suma de veinte mil pesos, al monto de 24 mil 710 pesos.
Indotel explicó que la actualización elevó el valor a cobrar, de 87 mil 815 pesos, a 89 mil 203 pesos con 47 centavos, con lo cual preserva su nivel de sanción económica.
El organismo de las telecomunicaciones argumentó la medida contenida en el artículo 77 de la Ley General de Telecomunicaciones número 153-98, que establece entre sus objetivos el defender y hacer efectivos los derechos de los clientes, usuarios y prestadores de servicios que se rigen por sus respectivos reglamentos.
Una nota de la gerencia de Comunicaciones señala que entre sus deberes está hacer cumplir las obligaciones de las partes y, en su caso, sancionar a quienes no las cumplan, de conformidad con las disposiciones contenidas en la norma y sus reglamentos.
"La ley dispone que el Consejo Directivo tenga la atribución de actualizar los montos de los derechos, tasas, contribuciones, cánones y los cargos por incumplimiento establecidos", consigna el Indotel. Indica que para la modificación del CI tomó en cuenta el Informe del Índice de Precio al Consumidor publicado por el Banco Central.
Indotel dispuso que la resolución y su anexo sean publicados de forma íntegra en un periódico de circulación nacional, en su boletín oficial y en su página Web.
Según los antecedentes, el artículo 108 de la Ley General de Telecomunicaciones, No. 153-98, establece un Cargo por Incumplimiento equivalente al valor de 20 mil pesos. Conforme al mismo artículo el órgano regulador debe actualizar el CI, por resolución, "a fin de preservar su nivel de sanción económica", utilizando el Índice de Precios al Consumidor publicado por el Banco Central de la República Dominicana.
Explica que el Cargo por Incumplimiento fue actualizado por primera vez mediante la resolución número 022- 01, dictada por el Consejo Directivo del INDOTEL con fecha 6 de abril del año 2001, modificando su valor de la suma de veinte mil pesos, al monto de 24 mil 710 pesos.
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