E l 12 de octubre pasado, el Consejo Nacional de la Magistratura inició las primeras vistas públicas para evaluar a los jueces aspirantes al Tribunal Superior Electoral (TSE), cuya escogencia tuvo lugar anoche en el Palacio Nacional, en una sesión de poco tiempo de duración.
Este órgano estará integrado por no menos de tres y no más de cinco jueces electorales y sus suplentes, designados por el Consejo Nacional de la Magistratura para un período en ejercicio de cuatro años, que determinará cuál de sus miembros ocupará la presidencia.
Reglamentará de conformidad con la ley los procedimientos de su competencia y todo lo relativo a su organización y funcionamiento administrativo y financiero.
Es el órgano competente, según establece el artículo 214 de la Constitución, para juzgar y decidir con carácter definitivo sobre los asuntos contenciosos electorales y estatuir sobre los diferendos que surjan a lo interno de los partidos, agrupaciones, movimientos políticos o entre éstos.
Corresponde al pleno del Tribunal Superior Electoral la resolución de la acción de queja, para el juzgamiento y sanción de las infracciones electorales y resolver los temas internos de las organizaciones políticas sometidos a su competencia.
Entre sus atribuciones figuran las de conocer de los recursos de apelación a las decisiones adoptadas por las juntas electorales, conocer de los conflictos internos de los partidos y organizaciones políticas reconocidos o entre éstos, sobre la base de apoderamiento por una o más partes involucradas, siempre circunscribiendo su intervención a los casos en los cuales se violen disposiciones de la Constitución, la ley, los reglamentos o los estatutos partidarios.
Además, le toca conocer de las impugnaciones y recusaciones de los miembros de las juntas electorales, decidir respecto de los recursos de revisión contra sus propias decisiones cuando concurran las condiciones establecidas por el derecho común y ordenar la celebración de nuevas elecciones cuando hubieren sido anuladas, las que se hayan celebrado en determinados colegios electorales, siempre que la votación en éstos sea susceptible de afectar el resultado de la elección.
Otras de sus atribuciones son conocer de las rectificaciones de las actas del Estado Civil que tengan un carácter judicial, de conformidad con las leyes vigentes y los conflictos surgidos a raíz de la celebración de plebiscitos y referéndums.
El Tribunal Superior Electoral es el responsable, para la regulación de los procedimientos de naturaleza contenciosa electoral, de dictar un Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales que establecerán los requisitos, formalidades, procedimientos, recursos y plazos para el acceso a la justicia contenciosa electoral y que determinará las demás atribuciones de carácter contencioso de las Juntas Electorales.
ReaccionesLa Asociación Nacional de Jóvenes Empresarios (ANJE) se opuso al proceso de selección de los jueces de las altas cortes sin una lista más corta de los preseleccionados, mientras el coordinador de la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), Servio Tulio Castaños Guzmán, calificó de excelente la escogencia de los miembros del Tribunal Superior Electoral (TSE). Mientras el presidente electo del Colegio Dominicano de Abogados, Fernando Pérez Vólquez, consideró que se trata de una selección en la que predominó la mayoría mecánica del presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, y de la República, Leonel Fernández.
En un documento enviado a LISTÍN DIARIO, publicado en su página de Internet, Lara Guerrero, presidenta de la agrupación empresarial, expresó: “Esto ha sido un proceso que conllevó la entrevista de casi 300 profesionales del derecho, por lo que exhortamos al CNM a que haga una lista corta que incluya a los preseleccionados por cada tribunal, y que se habilite un espacio, para que la sociedad tenga el derecho a presentar objeciones e impugnaciones, en caso que corresponda”.
Castaños Guzmán dijo que la selección de Mariano Rodríguez para presidir el Tribunal Superior Electoral, “es una excelentísima señal del Consejo Nacional de la Magistratura, porque reúne todas las condiciones y experiencias para presidir ese alto tribunal”.
Explicó, en relación a los demás miembros, que son excelentes profesionales. Declaró que algunos de ellos están ligados a litorales políticos, “sin embargo, la composición de ese tribunal refleja que desde el punto de vista político hay un equilibrio”.
Para Pérez Vólquez, sucedió lo que dijo se temía, fue una escogencia mayoritaria para el Partido de la Liberación Dominicana y que ese tribunal “está compuesto de forma mayoritaria por miembros del PLD”.
Dijo que esperaba que no incidiera en ellos la condición de peledeístas y que sepan actuar en beneficio de la ciudadanía en sentido general.
“Como eso es así, no hay dudas de que nosotros como Fundación Institucionalidad y Justicia vemos que esta elección es positiva y sobre todo es más positiva aún habiendo escogido a Mariano Rodríguez. Vuelvo y reitero que tiene una vasta experiencia en lo contencioso electoral y que eso de una u otra forma garantiza lo que será un buen desenvolvimiento”, explicó.
Pérez Vólquez dijo que se esperaba que la conformación de este tribunal no fuera justa en términos de la presencia de personas vinculadas al partido de gobierno.
Cuando fue concluido el proceso de evaluación de los aspirantes a las altas cortes, el presidente Fernández valoró lo que consideró la transparencia en el proceso para escoger los nuevos integrantes del Tribunal Constitucional, el Tribunal Superior Electoral y la Suprema Corte de Justicia.
Estimó que ese sistema puede convertirse en un paradigma y modelo universal.
“No conocemos en ninguna parte del mundo, en ninguna parte de la historia, donde haya podido llevarse a cabo un proceso de escogencia o selección de magistrados en la forma en que lo hemos hecho en la República Dominicana”, puntualizó el mandatario.
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CREACIÓN DEL TSE Y LOS REQUISITOS DE MIEMBRO
La Asamblea Revisora aprobó el 1º de julio de 2011 la creación del Tribunal Superior Electoral, según está establecido en los artículos 240 y 241 del proyecto de Reforma Constitucional. Este organismo asumiría el aspecto contencioso de los temas electorales y le restaría esas funciones a la Junta Central Electoral, que sólo organizarían los comicios.
CREACIÓN DEL TSE Y LOS REQUISITOS DE MIEMBRO
La Asamblea Revisora aprobó el 1º de julio de 2011 la creación del Tribunal Superior Electoral, según está establecido en los artículos 240 y 241 del proyecto de Reforma Constitucional. Este organismo asumiría el aspecto contencioso de los temas electorales y le restaría esas funciones a la Junta Central Electoral, que sólo organizarían los comicios.
Las condiciones para optar a juez o suplente del TSE sólo se requieren ser dominicano de nacimiento u origen, tener más de treinta años de edad, estar en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos, ser licenciado o doctor en derecho, con no menos de doce años de ejercicio, de docencia universitaria del derecho o de haber desempeñado por igual tiempo, funciones de juez dentro del Poder Judicial o representante del Ministerio Público, y haber realizado estudios en asuntos electorales o en derecho público.
Restan por escoger los jueces de la Suprema Corte de Justicia y del Tribunal Constitucional.
El 15 de noviembre inició la evaluación de los aspirantes a jueces de la Suprema. Fue la décimo quinta sesión de trabajo del CNM. La Suprema Corte de Justicia está compuesta de 17 jueces, incluidos su presidente, un primer y segundo sustitutos.
La primeras evaluación de los candidatos a jueces del Tribunal Constitucional, que integran 13 jueces, inició el 25 de noviembre. Fue la octava sesión del CNM para esos fines.
Cuando menos 131 aspirantes fueron a la jornada de preguntas y respuestas que calificaría sus aspiraciones a los trece puestos como jueces.
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