Santo Domingo.-El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE) aprobó ayer el reglamento que regulará los matrimonios religiosos celebrados en las iglesias cristianas no católicas para que los mismos tengan efectos civiles.
La normativa aprobada por los miembros titulares de la JCE establece las condiciones para que las iglesias evangélicas, como son llamadas las no católicas, realicen las bodas de sus feligreses.
Con la aprobación del referido reglamento la JCE cumple con la Ley 198-11, de agosto del año pasado, que instituye los matrimonios de las iglesias no católicas.
Lo establecido
Los miembros titulares de la JCE establecieron que es responsabilidad de las iglesias realizar las formalidades de los libros registros y de las actas de matrimonios religiosos.
También establecen que las iglesias deben obtener su acreditación y registro ante la JCE.
Las entidades cristianas deberán, asimismo, acreditar a sus ministros, pastores, sacerdotes, a través del referido registro.
Asimismo, el reglamento establece que es responsabilidad de las iglesias capacitar a sus ministros, pastores, sacerdotes o funcionarios religiosos, los cuales serán acreditados por esas instituciones para realizar los matrimonios.
Las entidades cristianas no católicas también cargarán con las sanciones establecidas por incumplimiento de esas formalidades.
La JCE estableció que para obtener el registro, las iglesias deberán no estar “sujetas o amparadas en base a un acuerdo internacional, como lo es el Concordato celebrado entre la Santa Sede y el Estado dominicano”; poseer personería jurídica propia; tener más de cinco años de establecidas en el país; designar los pastores, sacerdotes, ministros, funcionarios o religiosos con facultad para oficiar matrimonios.
El Pleno de la JCE estableció también que las iglesias interesadas en tener el registro para celebrar matrimonios con efectos civiles, deberán depositar una serie de documentos, entre ellos la instancia donde expresan el interés de ser registradas; el formulario de solicitud habilitado por la Dirección Nacional de Registro del Estado Civil, y la ubicación de los locales donde funcionan.
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