El déficit actuarial del Fondo de Pensiones de la Superintendencia de Bancos fue establecido por la Sipen en 928 millones de pesos
Haivanjoe Ng Cortiñas.
El ex superintendente de Bancos y ex Contralor General, Haivanjoe Ng Cortiñas, en su defensa de la pensión por 651 mil pesos mensuales de la que fue beneficiario por breve tiempo, hizo varios alegatos que son desmentidos por la resolución 347-12 de la Superintendencia de Pensiones (Sipen) del 18 de octubre, refrendada ésta por el decreto 616-12, del 20 de octubre.
En este ejercicio enfrentamos sus declaraciones del 29 de septiembre en el programa Voces Propias de esta Z101, con los considerandos y disposiciones de la resolución 347-12 y del decreto 616-12.
Mentira No.1 Que capitalizó el Fondo de Pensiones de los Trabajadores de la Superintendencia de Bancos. Así también lo dijo el ex Intendente de Pensiones, Daris Javier Cuevas Nin a Z101Digital.
Sin embargo, la resolución establece “que a pesar de los aportes que realiza la Superintendencia de Bancos al Fondo de Jubilaciones y Pensiones de los empleados de la Superintendencia de Bancos, se sigue reflejando déficit en el mismo, y el aporte del 14% de la nomina mensual de todos los empleados, en adición al pago obligatorio a la Seguridad Social establecido en la Ley 87-01 a la larga se convertirá en unaamenaza para los Fondos Públicos”. También “las cuentas por pagar y por cobrar entre la Superintendencia de Bancos y el Fondo de Pensiones al cierre del 2011 presenta una diferencia de RD$ 16,843,523 entre los estados financieros auditados por KPMG y BDO”.
“La Superintendencia de Bancos ha incumplido lo establecido en el Reglamento de establecer una reserva para cubrir los valores señalados por el actuario por el valor presente actuarial, para el cual haría un aporte en el año 2011 de RD$95,373,100 millones de pesos y el año 2012 otro aporte igual a dicha suma”.
Mentira No.2 Que el Fondo de Pensiones de los Trabajadores de la Superintendencia de Bancos no se nutría de fondos del Estado.
Además de que el Fondo recibió 33 millones de pesos en el 2010 del Ministerio de Hacienda (cuyo concepto no ha explicado el Gobierno) y de que la SB –que eroga el 14% de las aportaciones al fondo- se financia de un porcentaje de los activos del sistema financiero, el ex funcionario insistía el Fondo no se nutría de fondos públicos, que no era ni sería una carga para el Estado.
Para acabar con esta práctica, extendida en la Administración Pública, el Presidente emitió el viernes pasado el decreto 616-12 que reza:
“Que la Contraloría General de la República proceda a suspender todo aporte de fondos públicos que realicen la administración central del Estado, las instituciones autónomas y descentralizadas financieras y no financieras, instituidas por ley, las instituciones públicas de la Seguridad Social, las empresas publicas financieras y no financieras, los ayuntamientos de los municipios y del Distrito Nacional a los fondos y o planes complementarios de pensiones existentes debidamente registrados o no en la superintendencia de pensiones”.
El Presidente estaría evitando que “estos planes complementarios con aportes mixtos puedan generar déficit por no haberse completado los riesgos actuariales o por el uso inadecuado de dichos fondos, siendo el Estado el garante final de los mismos, y por tanto convertirse en un factor de riesgo en las finanzas públicas”, según uno de los considerandos.
Mentira No.3 Que el Fondo de Pensiones de los Trabajadores de la SB no entra en contradicción con el sistema previsional establecido por el Sistema Dominicano de Seguridad Social.
Pero “el Reglamento de Pensiones para los empleados de la Superintendencia de Bancos fue aprobado por la Junta Monetaria, por recomendaciones de consultas externas que establecían que dado el carácter complementario del mismo no tenía que estar sujeto a los requisitos establecidos en la ley 87-01, fundándose en el párrafo IV del artículo 41 de la Ley 87-01, en contradicción a lo dispuesto por el artículo 27 del reglamento 775-03, artículos 137 y párrafo III del artículo 138 del Reglamento de Pensiones aprobado por el Decreto 969-02, y la Resolución 39-07 de fecha 1 de agosto del 2002, del Consejo Nacional de la Seguridad Social”.
Mentira No.4 “Uno acepta el cargo con los beneficios”.
Cuando Haivanjoe Ng Cortiñas fue posesionado en la SB, en mayo de 2006, los reglamentos del Fondo de Pensiones existentes no le permitían pensionarse en esa institución porque tendría que haber trabajado allí de forma ininterrumpida 30, 25, 20 o 15 años. El economista propició una modificación de los estatutos para que se le pudiera computar para la pensión los años trabajados en otras instituciones públicas, es decir, que cuando fue nombrado en la SB, no tenía la posibilidad de ser beneficio de esa pensión.
Haivanjoe Ng Cortiñas, en el 2006, no calificaba para ser pensionado por la SB, pero tampoco en el 2012 calificaba para ser pensionado por el Estado mediante la ley 379, pues en el último caso, no cumplía con la edad reglamentaria de 60 años.
Mentira No. 5 “Yo no he hecho nada pecaminoso de lo que tenga que arrepentirme”.
Si todo lo anterior no es pecado ni en cantidad suficiente, la resolución 347-12 condena que en menos de un año de funcionamiento formal, el Fondo de Pensiones haya otorgado 49 pensiones, violentando los reglamentos y los estudios actuariales, es decir, que esas 49 pensiones no estaban presupuestadas ni había capacidad para honrarlas. También da cuenta de que una de esas pensiones, otorgada a una mujer (los auditores no quieren revelar el nombre), fue calculada de forma diferente “a la que le correspondía”.
Al modificar los reglamentos del Fondo, Ng Cortiñas y otros altos funcionarios recién llegados a la SB se pensionaron en igualdad de condiciones que aquellos trabajadores de la SB que aportaban al fondo desde 2001 y hasta 2003 -cuando se disolvió por primera vez- y desde 2003 hasta el 12 de febrero de 2012 -segunda fase-, fecha en que la Sipen registra el fondo mediante la resolución 339-12. “Los Pensionados antes de la Resolución 339-12 de la Superintendencia de Pensiones deben tener un tratamiento distinto (a favor) a los pensionados a partir de dicha resolución”.
El viernes 19 de octubre, Haivanjoe Ng Cortiñas fue destituido como Contralor General de la República, en donde fue designado el 17 de agosto, devengando un salario de 240 mil pesos mensuales y la pensión de 651 mil pesos mensuales la recibiría a partir de agosto de 2013. El Presidente se tomó varias semanas para adoptar la decisión.DE LA Z101DIGITAL.COM
En este ejercicio enfrentamos sus declaraciones del 29 de septiembre en el programa Voces Propias de esta Z101, con los considerandos y disposiciones de la resolución 347-12 y del decreto 616-12.
Mentira No.1 Que capitalizó el Fondo de Pensiones de los Trabajadores de la Superintendencia de Bancos. Así también lo dijo el ex Intendente de Pensiones, Daris Javier Cuevas Nin a Z101Digital.
Sin embargo, la resolución establece “que a pesar de los aportes que realiza la Superintendencia de Bancos al Fondo de Jubilaciones y Pensiones de los empleados de la Superintendencia de Bancos, se sigue reflejando déficit en el mismo, y el aporte del 14% de la nomina mensual de todos los empleados, en adición al pago obligatorio a la Seguridad Social establecido en la Ley 87-01 a la larga se convertirá en unaamenaza para los Fondos Públicos”. También “las cuentas por pagar y por cobrar entre la Superintendencia de Bancos y el Fondo de Pensiones al cierre del 2011 presenta una diferencia de RD$ 16,843,523 entre los estados financieros auditados por KPMG y BDO”.
“La Superintendencia de Bancos ha incumplido lo establecido en el Reglamento de establecer una reserva para cubrir los valores señalados por el actuario por el valor presente actuarial, para el cual haría un aporte en el año 2011 de RD$95,373,100 millones de pesos y el año 2012 otro aporte igual a dicha suma”.
Mentira No.2 Que el Fondo de Pensiones de los Trabajadores de la Superintendencia de Bancos no se nutría de fondos del Estado.
Además de que el Fondo recibió 33 millones de pesos en el 2010 del Ministerio de Hacienda (cuyo concepto no ha explicado el Gobierno) y de que la SB –que eroga el 14% de las aportaciones al fondo- se financia de un porcentaje de los activos del sistema financiero, el ex funcionario insistía el Fondo no se nutría de fondos públicos, que no era ni sería una carga para el Estado.
Para acabar con esta práctica, extendida en la Administración Pública, el Presidente emitió el viernes pasado el decreto 616-12 que reza:
“Que la Contraloría General de la República proceda a suspender todo aporte de fondos públicos que realicen la administración central del Estado, las instituciones autónomas y descentralizadas financieras y no financieras, instituidas por ley, las instituciones públicas de la Seguridad Social, las empresas publicas financieras y no financieras, los ayuntamientos de los municipios y del Distrito Nacional a los fondos y o planes complementarios de pensiones existentes debidamente registrados o no en la superintendencia de pensiones”.
El Presidente estaría evitando que “estos planes complementarios con aportes mixtos puedan generar déficit por no haberse completado los riesgos actuariales o por el uso inadecuado de dichos fondos, siendo el Estado el garante final de los mismos, y por tanto convertirse en un factor de riesgo en las finanzas públicas”, según uno de los considerandos.
Mentira No.3 Que el Fondo de Pensiones de los Trabajadores de la SB no entra en contradicción con el sistema previsional establecido por el Sistema Dominicano de Seguridad Social.
Pero “el Reglamento de Pensiones para los empleados de la Superintendencia de Bancos fue aprobado por la Junta Monetaria, por recomendaciones de consultas externas que establecían que dado el carácter complementario del mismo no tenía que estar sujeto a los requisitos establecidos en la ley 87-01, fundándose en el párrafo IV del artículo 41 de la Ley 87-01, en contradicción a lo dispuesto por el artículo 27 del reglamento 775-03, artículos 137 y párrafo III del artículo 138 del Reglamento de Pensiones aprobado por el Decreto 969-02, y la Resolución 39-07 de fecha 1 de agosto del 2002, del Consejo Nacional de la Seguridad Social”.
Mentira No.4 “Uno acepta el cargo con los beneficios”.
Cuando Haivanjoe Ng Cortiñas fue posesionado en la SB, en mayo de 2006, los reglamentos del Fondo de Pensiones existentes no le permitían pensionarse en esa institución porque tendría que haber trabajado allí de forma ininterrumpida 30, 25, 20 o 15 años. El economista propició una modificación de los estatutos para que se le pudiera computar para la pensión los años trabajados en otras instituciones públicas, es decir, que cuando fue nombrado en la SB, no tenía la posibilidad de ser beneficio de esa pensión.
Haivanjoe Ng Cortiñas, en el 2006, no calificaba para ser pensionado por la SB, pero tampoco en el 2012 calificaba para ser pensionado por el Estado mediante la ley 379, pues en el último caso, no cumplía con la edad reglamentaria de 60 años.
Mentira No. 5 “Yo no he hecho nada pecaminoso de lo que tenga que arrepentirme”.
Si todo lo anterior no es pecado ni en cantidad suficiente, la resolución 347-12 condena que en menos de un año de funcionamiento formal, el Fondo de Pensiones haya otorgado 49 pensiones, violentando los reglamentos y los estudios actuariales, es decir, que esas 49 pensiones no estaban presupuestadas ni había capacidad para honrarlas. También da cuenta de que una de esas pensiones, otorgada a una mujer (los auditores no quieren revelar el nombre), fue calculada de forma diferente “a la que le correspondía”.
Al modificar los reglamentos del Fondo, Ng Cortiñas y otros altos funcionarios recién llegados a la SB se pensionaron en igualdad de condiciones que aquellos trabajadores de la SB que aportaban al fondo desde 2001 y hasta 2003 -cuando se disolvió por primera vez- y desde 2003 hasta el 12 de febrero de 2012 -segunda fase-, fecha en que la Sipen registra el fondo mediante la resolución 339-12. “Los Pensionados antes de la Resolución 339-12 de la Superintendencia de Pensiones deben tener un tratamiento distinto (a favor) a los pensionados a partir de dicha resolución”.
El viernes 19 de octubre, Haivanjoe Ng Cortiñas fue destituido como Contralor General de la República, en donde fue designado el 17 de agosto, devengando un salario de 240 mil pesos mensuales y la pensión de 651 mil pesos mensuales la recibiría a partir de agosto de 2013. El Presidente se tomó varias semanas para adoptar la decisión.DE LA Z101DIGITAL.COM
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