SANTO DOMINGO.- El Senado aprobó esta tarde en primera lectura el proyecto de ley de Código Penal de la República Dominicana, en el que quedaron excluidas las tres causales del aborto.
La pieza contó con el voto favorable de 23 de los 27 legisladores presentes en la sesión de hoy.
Dicho proyecto de ley del Código Penal, sometido por los senadores Ramón Rogelio Genao y Virgilio Cedano, será conocido en segunda lectura en la próxima sesión de la Cámara Alta del Congreso Nacional.
Al tomar un turno el senador de La Vega, Ramón Rogelio Genao, aclaró que lo que penaliza el Código Penal es el aborto electivo, porque este es un asesinato y contraviene el artículo 37 de la Constitución.
«Y el aborto no puede ser un método anticonceptivo. Nadie que asista a un centro de salud en virtud del artículo 42 numeral tres, donde está en riesgo y su salvación sea la interrupción de un embarazo, va a morir en la República Dominicana, no la Constitución lo permite», expresó.
Mientras que el senador Iván Lorenzo, quien se definió como un hombre provida con respeto a la dignidad de los seres humanos, pidió que se le de la oportunidad a la mujer de decidir sobre una interrupción del embarazo cuando se trate de un incesto, violación o deformación.
Solicitó que sea excluida la discusión del artículo 110 del proyecto y todo lo que tiene que ver con la interrupción del embarazo para que sea conocido en una ley especial, pero que sea dejado el tema del aborto doloso.
«La lucha que estamos llevando es lo que va a preservar vidas, la lucha que estamos llevando es por el respeto a la dignidad. Y yo quiero aclarar que en modo alguno lo que estamos planteando hoy es que obligue a una mujer cuando por estas tres razones (las tres causales) ella decida, no obligarla a interrumpir el embarazo», sostuvo.
De su lado la senadora Faride Raful, quien defiende las tres causales, sometió ante el Pleno una modificación al artículo 112 del informe favorable que se rindió este miércoles sobre el Código Penal para agregar un párrafo que diga: «Tampoco serán sancionados los profesionales de la salud que para preservar la vida de la mujer previo a las 12 semanas de gestación realicen procedimientos médicos en los centros de salud autorizados por el Ministerio de Salud Pública, en los casos que se vean obligados a interrumpir el embarazo cuando el desarrollo del mismo ponga en peligro la vida de la madre, cuando fruto del embarazo sea consecuencia de un delito de violación sexual o cuando del desarrollo del feto de muestras médicas suficientes de que será incompatible con la vida al momento del nacimiento».
La Ley tiene el propósito de regular nuevos tipos penales, reformando de manera íntegra el derecho penal dominicano con la finalidad de proveer soluciones a la justicia, haciendo más efectivo su funcionamiento en el contexto de los principios de legalidad, equidad y razonabilidad.
La normativa indica que el Estado podrá cumplir con su función esencial, consistente en la protección efectiva de los derechos de las personas y la protección de los bienes jurídicos. Además, permitirá un marco de libertad individual y de justicia social, compatible con el orden público, el bienestar general y los derechos de todos.
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