El expresidente del desaparecido Banco Intercontinental (Baninter), Ramón Báez Figueroa, busca obtener la libertad condicional, tras cumplir la mitad de la pena de 10 años a que fue condenado por un fraude cometido a través de esa entidad bancaria superior a 55 mil millones de pesos. La libertad condicional fue solicitada ante el juez de Ejecución de la Pena de San Cristóbal, Willys de Jesús Núñez. A la pena impuesta se le deben restar los 7 meses que permaneció preso antes de ser condenado.
La solicitud fue hecha a través de su abogado, Santiago Rodríguez, en la que indica que tiene más de la mitad de la pena cumplida y una buena conducta en el recinto carcelario.
Sostiene además que ha resarcido económicamente a los actores civiles, como el Banco Central, la Superintendencia de Bancos y la Comisión Liquidadora de los bienes del Baninter.
La audiencia está pautada para este viernes, a las 9:00 de la mañana y es la primera en que Báez Figueroa intenta obtener su libertad después de seis años preso.
Fue condenado el 22 de octubre de 2007, por el Primer Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional que además lo sentenció al pago de una multa de 2 millones 500 mil pesos en favor del Estado dominicano.
Su primer encierro en la cárcel ocurrió el 14 de mayo de 2003 cuando el entonces gobernador del Banco Central José Lois Malkum presentó la querella, pero en diciembre de ese año la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, presidida por la entonces juez de esa corte magistrada Miriam Germán Brito, lo favoreció con la libertad condicional bajo fianza.
En de diciembre de 2003 la Corte Penal le fijó una fianza
Para obtener la libertad condicional un recluso es necesario que haya cumplido la mitad de la pena impuesta; que la pena sea mayor de un año, que haya demostrado hábito de trabajo y observado conducta intachable en la cárcel; que se encuentre capacitado, física y psíquicamente, para reintegrarse a la vida social.
Asimismo, que su estado de rehabilitación haga presumible que se conducirá bien en libertad ante la sociedad y que si pudiendo hacerlo, haya pagado los daños e indemnizado los perjuicios causados por la infracción o llegado a un acuerdo con la parte perjudicada, especifica el Código.
Según la condena, Báez Figueroa debe permanecer en prisión hasta el sábado 9 de diciembre del 2017.
El director del establecimiento penitenciario debe remitir al juez los informes necesarios para resolver sobre la libertad condicional, un mes antes del cumplimiento del plazo fijado al practicar el cómputo. La libertad condicional puede ser promovida de oficio o a solicitud del condenado o su defensor.
El juez puede rechazar la solicitud, cuando sea manifiestamente improcedente o cuando estime que no transcurrió el tiempo suficiente para que hayan variado las condiciones que motivaron el rechazo anterior.
Si la solicitud es denegada, el condenado no puede renovarla antes de transcurridos tres meses desde el rechazo, en cuyo caso un nuevo informe debe ser requerido al director del establecimiento penitenciario.
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