domingo, 9 de octubre de 2011

Limitarán al juez opciones de medidas de coerción

El diputado Demóstenes Martínez adelanta que en la modificación al CPP se establecerá que en asesinatos solo se podrá dictar prisión
SANTO DOMINGO.-El presidente de la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados, Demóstenes Martínez, advirtió que el Código Procesal Penal facilita a los jueces una serie de circunstancias que permiten también la corrupción, por lo cual la comisión que estudia la pieza ya elaboró un informe favorable a la modificación de alrededor de 70 artículos de la normativa.

Martínez atribuye al artículo 226 del Código Procesal Penal esa situación debido a que le otorga al juez siete opciones como medidas de coerción y que al tomar cualquiera de esas alternativas no está violando la ley, porque está en su ámbito discrecional.

Al ser entrevistado por el periodista Federico Méndez, en el programa Esferas de Poder, que se transmite los domingos de 5:00 a 6:00 de la tarde, por Santo Domingo TV, el legislador planteó que en crímenes horrendos un juez no debería tener esa libertad de emitir otra medida que no sea la privativa de libertad del imputado.

Comentó que en el camino se han detectado una serie de errores en el Código Procesal Penal frente a los cuales es justo que el Congreso Nacional pueda intervenir para corregirlos.

Afirmó que se elevará de dos a cinco años los casos que competerán ser conocidos por los tribunales unipersonales, para que haya una mayor amplitud en el conocimiento de estos temas.

Martínez reveló que la invasión a la propiedad pasará de ser un delito de acción privada a pública en la propuesta de reforma que hará la comisión que estudia el proyecto.

"Es decir, que una vez que el orden público es apoderado, llámese el Ministerio Público, ya tiene que hacerse cargo y responsable de ahí en adelante para establecer el estado de cosa anterior", dijo.

Violencia de género


El diputado por Santiago dijo que la violencia de género será llevada de acción privada a la categoría de orden público, una vez sea apoderado el Ministerio Público.

Manifestó que no bastará con que una mujer retire la querella en contra de un hombre que ha incurrido en violencia de género, para impedir que la acción pública continúe.

El plazo de apelación


El presidente de la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados declaró que el informe que contempla la modificación de los cerca de 70 artículos del Código Procesal Penal incluye la homologación constitucional de 48 horas a muchos plazos que son de 24 horas.

Martínez explicó que el plazo de apelación será ampliado a 20 días para que tanto el Ministerio Público como el acusado presenten sus conclusiones, porque hay quejas de que diez días es muy poco tiempo para presentar una serie de elementos.

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