miércoles, 13 de julio de 2011

Mal uso de voz e imagen en medios generará demandas FUE INCLUIDA ENTRE MODIFICACIONES HECHAS AL CÓDIGO CIVIL

Santo Domingo
Cambios. La Cámara de Diputados aprobó ayer en segunda lectura las nuevas modificaciones al Código Civil de la República Dominicana.

Las personas que se consideren afectadas por el mal uso de su imagen o su voz en un medio de comunicación, podrán elevar demandas civiles contra los autores.

La propuesta fue incluida entre las modificaciones hechas al Código Civil Dominicano y aprobadas ayer por la Cámara de Diputados en segunda lectura, pero estas no llegarán por ahora al Senado en virtud de que la legislatura vence el próximo 16 de agosto, cuando se cumplen los 150 días establecidos en la nueva Constitución.

Según explicó Henry Merán, uno de los diputados de la comisión que estudió la pieza, no se trata de una censura a los medios de comunicación, sino “el cumplimiento a uno de los derechos fundamentales incluidos en la Carta Magna, como es el honor, la buena imagen y la dignidad de las personas”.

“Solo pretende resarcir del daño que se le produce a una persona cuando se le daña su imagen. Lo que se quiere es fortalecer los artículos 1382 y 1383 del actual código, sobre la responsabilidad civil”, explicó el legislador del PLDSan Juan de la Maguana. Dijo que el actual código sólo dispone de normas generales para esos casos, pero ahora se quiso individualizar.

Entre las innovaciones contenidas en el nuevo código se establece que las religiones protestantes podrán oficializar matrimonios, se reconoce la relación marital de hecho y las mujeres podrán ser demandadas por manutención de menores.

Otro hecho relevante es que cuando el daño esté causado por torturas y actos de barbarie, violencia y agresiones sexuales cometidos contra un menor de edad, la acción de responsabilidad civil prescribirá a los 20 años.

Además se reconocerán las uniones libres (o concubinato) y le da derechos a ambos.

Derecho de usufructo
En el caso de las herencias u otros derechos legales, los hijos de una pareja en unión libre tienen los mismos derechos sucesorales que los nacidos de un matrimonio legal. Los derechos sucesorales también los tendrá la pareja (viudo o viuda).

La iniciativa está integrada por 2,508 artículos diseminados en 400 páginas e incluye más de 300 nuevos artículos.

El Código vigente consta de 2,280 artículos. Hugo Núñez, presidente de la comisión de diputados, rindió un informe favorable y dijo que el proyecto fue consensuado con diversos sectores del país. Indicó que fue un esfuerzo mancomunado de los diputados de las diferentes bancadas.

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