viernes, 25 de noviembre de 2011

Aprueban la modificación del Código Procesal Penal BUSCAN COMBATIR ÍNDICES DE VIOLENCIA Y DELINCUENCIA


Debates. El presidente de la subcomisión de justicia de la Cámara de Diputados, Giovanny Tejada, al rendir el informe, dijo que el Congreso hizo su parte y ahora toca al Estado, al considerar que la delincuencia es multicausal.                  Santo Domingo
La Cámara de Diputados aprobó ayer la reclamada modificación al Código Procesal Penal (CPP), la cual impide, entre otras medidas, la conciliación por violencia intrafamiliar y amplía hasta dos años la prisión preventiva.
Según el artículo aprobado en primera lectura, la instrumentación de un caso que se declare complejo podría durar entre 18 a 36 meses.
La pieza necesitaría una segunda lectura, que sería en la sesión del próximo martes, y luego el visto bueno del Senado. Con esta medida se pretende combatir los altos índices de violencia y delincuencia en el país. Muchos sectores coinciden en señalar que el actual CPP ha contribuido con el elevado índice de delincuencia y otros dicen que tiene múltiples causas.
Dentro de los cambios están elevar a tres años el máximo de la pena imponible de privación de libertad para aplicar el criterio de oportunidad por parte del ministerio público; se trasladan a acción pública los golpes y heridas provocados por violencia intrafamiliar; y se establece que la conciliación en materia de violencia intrafamiliar solo se procurará si no está en peligro la integridad física y psíquica de la víctima.
También se trasladan de acción pública a instancia privada la invasión y ocupación de propiedad, así como la falsedad de cheques, y se amplía el plazo de la prisión preventiva a 36 meses en los casos declarados complejos.
Además, se amplía el rango para los investigadores bajo reserva para casos cuya pena imponible sea igual o mayor a tres años, y amplía el de reserva de identidad a 18 meses. Se extiende a 10 días el plazo para contestar el recurso de apelación ordinario, a 20 días el plazo para presentar el recurso de apelación de sentencia y a 10 días la contestación del recurso de apelación de las sentencias, y se faculta al ministerio público para capturar al condenado y remitirlo al juez de ejecución de la pena.
Se prohíbe aplicar criterio de oportunidad cuando se trate de infracciones como el porte y tenencia ilegal de armas de fuego o violación a la Ley de drogas.
Además, se prohíbe la solicitud de suspensión condicional de la pena en materia de violencia intrafamiliar, aunque la pena no exceda el límite establecido en el Código; se consigna la asistencia legal gratuita a la víctima y su derecho a presentar acto conclusivo, aunque el ministerio público retire el archivo; se le reconoce el derecho al querellante de solicitar la declaración en rebeldía del imputado.

OTROS CAMBIOS QUE SE INTRODUCIRÁN A CÓDIGO
REGISTRO DE NOCHE POR NARCO Y SECUESTRO

También se amplía a 12 meses el plazo adicional de duración de todo proceso penal ordinario, y se computa el inicio del plazo de duración, a partir de la solicitud de medidas de coerción o presentación de cargos; se autoriza al juez a conceder el registro de lugares en horas de la noche en caso de narcotráfico, secuestro o terrorismo.
Otra novedad es que se le quita la facultad a la Policía de solicitar orden de allanamiento para el registro de recintos privados en ausencia del Ministerio Público o de urgencia. Se impone de oficio la prisión preventiva en hechos cuya pena imponible sea de 20 años o más.

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