La Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados acordó modificar más de 75 artículos del Código Procesal Penal (CPP), entre ellos solo dictar prisión preventiva a quienes cometen hechos graves. Igualmente, incluyeron en la modificación que no se solicite conciliación para los casos de violencia intrafamiliar y modifican la condición de mujer en lactancia para que se le dicte prisión preventiva.
La modificación de los artículos es parte de un consenso de los legisladores, quienes se reunieron todo el fin de semana en Puerto Plata, lencuentroq ue fue presidido por el diputado Demóstenes Martínez, de Santiago, por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), revisando artículo por artículo, el CPP y conociendo las propuestas de su modificación.
La pieza sometida en un proyecto de ley presentado por el diputado Víctor Suárez (Santiago, PLD), vocero del bloque de diputados del PLD, fue previamente discutida con diversos sectores de la sociedad e instituciones tanto del sector público como privado, agrupadas en la Comisión Nacional de Ejecución de la Reforma Procesal Penal (CONAEJ).
Durante el encuentro los diputados consideran que la prisión preventiva a quienes cometen hechos graves es el mayor aporte al endurecimiento del CPP.
Ante una iniciativa presentada por el diputado Henry Merán (San Juan, PLD) la Comisión decidió modificar el artículo 234 sobre la Prisión Preventiva para ampliar su ámbito de aplicación obligatorio, en caso de proceder, a los crímenes más graves y aberrantes que sanciona el Código Penal Dominicano.
Igualmente, por iniciativa de los diputados perredeístas Víctor Gómez Casanova y Cristian Paredes, se introdujo un nuevo párrafo al artículo 229 sobre el peligro de fuga, que establece que el Ministerio Público estará obligado a requerirle al juez dictar prisión preventiva a aquellos imputados que sean presentados por la violación de la ley, teniendo medidas de coerción impuestas anteriormente.
Al motivar las presentaciones de sus propuestas, los diputados señalaron que “de esta manera, se garantiza un fortalecimiento del procedimiento de la aplicación de justicia en nuestro país, para evitar que ciudadanos que hayan violado la ley, puedan burlar el proceso y que luego de ser puestos en libertad condicional o medidas de coerción leves, vuelvan a cometer hechos violatorios a la ley.” Por otro lado, las legisladoras que participaron en la discusión de las modificaciones al CPP sostienen que a la condición de mujer en lactancia se le puede dictar prisión preventiva, tras considerar que el Código Laboral solo contempla permiso pos embarazo de tres meses.
Señalan que actualmente, el CPP establece que no se podrá dictar prisión preventiva a mujeres en lactancia, lo que permite que una considerable cantidad de mujeres cometan violaciones a la ley y mantengan su libertad sobre la excusa de lactancia.
Los legisladores estuvieron asistidos por un personal técnico de apoyo integrado por los abogados Marcos Cruz como y Lidia Medina.
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