viernes, 21 de junio de 2013

Entidades piden anular cobro por retiro de sentencias civiles RESPALDAN ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA LA LEY 2334

Santo Domingo
La Cámara de Diputados, la Procuraduría General de la República y el Colegio de Abogados pidieron al Tribunal Constitucional acoger una acción de inconstitucionalidad en contra los artículos 13 y 41 de la ley 3234, sobre registro de actos civiles judiciales y extrajudiciales, que impone un costo para el retiro de las sentencias.
La acción de inconstitucionalidad, presentada por el abogado Ángel Lockward, fue conocida hoy durante una audiencia pública que celebró el TC en la Sala Augusta de la Suprema Corte de Justicia (SCJ).
El procurador adjunto Ricardo Taveras, el presidente del Colegio de Abogados, José Fernando Pérez Volquez, y el representante legal de la Cámara de Diputados, Jerry del Jesús, coincidieron con Lockward en el sentido de que los artículos 13 y 41 de la ley 2334 viola disposiciones de la Constitución, por lo cual demandaron su nulidad.
El representante del ministerio público pidió también al TC que dicte una sentencia interpretativa para que el Congreso revise lo concerniente a las tasas e impuestos que deben pagar las partes en los procesos judiciales para los actos judiciales.
Lockward pidió al TC que verifique y compruebe que los artículos 13 y 41 de la ley 2334, de 1885, vulneran los principios de igualdad y de gratuidad que establece la Constitución de la República.
Sostuvo que para obtener copia de una primera sentencia esas disposiciones legales establecen un costo muy alto que afecta a los más pobres.
“Si no se puede pagar la sentencia no se puede ejercer el derecho de defensa”, afirmó Lockward al motivar sus conclusiones.  
Después de escuchar las conclusiones de las partes que intervienen en el proceso, el presidente del TC, Milton Ray Guevara, anunció que el caso quedó en estado de fallo. La ley 37-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los procedimientos constitucionales otorga un plazo de cuatro meses al TC para fallar el expediente, una vez sea declarado en estado de fallo.

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