Productores, picadores y representantes de supermercados oficializaron ayer el precio convenido en la Comisión de Agricultura de la Cámara de Diputados en el que se establece que la libra de pollo fresco deberá venderse a no más de RD$ 46.00 al consumidor final.
Ese precio de referencia o sugerido permitirá perseguir la especulación.
El acuerdo fue firmado por la directora de ProConsumidor, Altagracia Paulino, el ingeniero Salvador Jiménez, el presidente de la comisión de Agricultura de la Cámara de Diputados, José Jáquez, Bolívar Cartagena, de la Asociación Dominicana de Avicultores, Organizaciones de distribuidores de Pollo, Supermercados Federaciones de Detallistas y Mataderos Industriales.
Mediante el convenio se creará el Sistema Nacional de Fiscalización y Monitoreo (SNFM) del precio de la libra de carne de pollo que se inicia con el informe de propuestas presentadas por parte de la Comisión Permanente de Agricultura de la Cámara de Diputados.
El sistema de monitoreo consiste en definir cada componente de la cadena de producción y comercialización de la referida carne y establecer en cada uno de ellos, los márgenes de beneficios justos y adecuados que no afecten a ninguna de las partes en sus operaciones.
Ese sistema establecerá un equilibrio de conveniencia para productores, consumidores y todos los sectores que intervienen en la cadena de comercialización.
Garantía
El sistema tiene como objetivo garantizar la producción competitiva del pollo de engorde en granja con niveles de rentabilidad aceptable a los productores y que sea ofertado a los consumidores con la calidad adecuada y al precio justo y transparente.
El sistema tiene como objetivo garantizar la producción competitiva del pollo de engorde en granja con niveles de rentabilidad aceptable a los productores y que sea ofertado a los consumidores con la calidad adecuada y al precio justo y transparente.
Los precios establecidos para productores y reproductores será de un 10%, los distribuidores uno 3.83%, distribuidor dos 5.05%, distribuidor tres (Colmados & Picadores) un 10%, los mataderos industriales 4.0% y los supermercados un 10 por ciento.
Los comerciantes que excedan el precio establecido consigan o alteren los precios naturales, serán castigados con prisión de quince días a tres meses, y multa de diez a cien pesos, según lo establece el artículo 419 del Código Penal.
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