El Tribunal Constitucional falló este jueves a favor de la Junta Central Electoral al revocar una sentencia que ordenaba la entrega de cédulas de identidad a 25 descendientes de haitianos. La Junta se negaba a entregar los documentos porque según alega “los solicitantes fueron inscritos de manera irregular en las oficialías del Estado Civil, cuestión que está en proceso de investigación”. En su sentencia TC/0028/14 la alta corte establece que corresponde a la JCE, en cumplimiento del precedente establecido en la decisión TC/0168/13, apoderar al tribunal competente para que decida las cuestiones objeto de las investigaciones que lleva a cabo el referido organismo en lo que concierne a la validez o nulidad de la expedición de las actas de nacimiento. El Tribunal Constitucional otorgó a la JCE un plazo de 45 días para que proceda a formalizar el apoderamiento. También dispone que la Dirección General de Migración en un plazo de diez días otorgue un permiso especial de estadía temporal a: Anyelina Jean Polemin y Maribel Saint Louis Noel, hasta que el “Plan nacional de regularización de los extranjeros ilegales radicados en el país”, previsto en el artículo 151 de la Ley núm. 285-04, de Migración, determine las condiciones de regularización de este género de casos. Tras revocar la sentencia, el tribunal rechazó la acción de amparo interpuesta por Ana Rosa Amador Cristevil, Anyelina Jean Polemin, Zenia Stelance Yan, Jonas Desvallons Joissant, Kensly Desvallons Joissant, Pitter Deavallons Joissant, Charle Luis Yene, Andrecita Luis Yene, Mónica Paul Sánchez, Ramona Pie Lima, Simón Rodríguez Dose, Enita Yacinthe, Yuli Yendedillen Joseph, July Chauvette, Yohany Betsaida Josep Rosario y Maribel Saint Louis Noel en contra de la Junta Central Electoral, la Dirección General de Cedulación y las Juntas Electorales de los municipios de San Pedro de Macorís, Consuelo, Quisqueya, San José de los Llanos y Ramón Santana. También Musnal Xinel Franzua, Gloria Berique Delva, Emilia Pierre Balan, Wilfrido Polinice, Elena Pierre; Osman Poliniece, Wilfrido Metellus Joseph, Frankling Jean San Luis, Reyes Antonio Polique Perez y Yuli Yendillen Joseph, formaban parte de los accionantes. La Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de San Pedro de Macorís había ordena a la Junta Central Electoral autorizar al Director General de Cedulas y a las Juntas Electorales de los municipios de San Pedro de Macorís, Consuelo, Quisqueya, San José de los Llanos y Ramón Santana a entregar las cédulas de identidad y electoral correspondientes a cada uno de los demandantes así como también a inscribir a Musnal Xinels Fransua, Gloria Berique Delva e Isisdro Berique Delva, para fines de cedulación. En la sentencia figuran incorporados los votos disidentes de las magistradas Ana Isabel Bonilla Hernández y Katia Miguelina Jiménez Martínez. -
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