SANTO DOMINGO.- El Tribunal Constitucional falló este jueves a favor de la resolución de la Junta Central Electoral (JCE) que elimina el voto preferencial, tras señalar que está conforme con la Constitución,
Los magistrados rechazaron un recurso de inconstitucionalidad incoado por Hilario Ochoa Estrella, contra la resolución núm. 74/2010, del 29 de octubre de 2010, dictada por la JCE en ese sentido.
En la resolución, además de eliminar el voto preferencial, la JCE estableció el uso de listas de candidaturas cerradas y bloqueadas para la elección de los diputados al Congreso Nacional.
La sentencia indica que la misma no resulta violatoria al carácter universal y directo del sufragio, ni a la garantía de efectividad de los derechos fundamentales, según una publicación del periódico El Caribe.
La misma contó el voto disidente del magistrado Hermógenes Acosta de los Santos, quien dijo que el sistema del voto preferencial es compatible con el carácter directo del voto previsto en el artículo 77 de la Constitución, no así el de listas cerradas y bloqueadas, ya que debilita el referido carácter del voto.
“Tratándose de un derecho fundamental, su regulación debe hacerse mediante ley como se establece en los artículos 74 y 77 de la Constitución. Por estas razones, consideramos que la Resolución 74/2010, dictada por la Junta Central Electoral, es inconstitucional”, argumenta el magistrado.
Recientemente la Cámara de Diputados aprobó un proyecto para establecer por ley el voto preferencial.
No hay comentarios:
Publicar un comentario