El Proyecto que Regula el Voto Dominicano en el Exterior se convirtió de manera automática en ley, luego de que el Poder Ejecutivo solicitara al presidente de la Cámara de Diputados, Abel Martínez, la devolución de las observaciones.
La Ley de Voto Dominicano en el Exterior fue un proyecto de la Junta Central Electoral (JCE), enviado al Congreso Nacional en virtud del artículo 96, numeral 4 de la Constitución de la República, que concede a ese organismo el derecho a someter iniciativas para la aprobación de leyes sobre asuntos de su competencia.
Se recuerda que el presidente de la JCE, Roberto Rosario Márquez, reveló que el presidente Leonel Fernández le había prometido retirar del Congreso las observaciones hechas al proyecto de ley tal como ocurrió el pasado 24 del mes en curso.
En ese sentido, el consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Abel Rodríguez del Orbe, envió una misiva al presidente de la Cámara de Diputados en la que le expresa que por instrucciones del presidente Fernández, le solicita la devolución de las observaciones al Proyecto de Ley.
El Poder Ejecutivo sugirió cambios en torno a los requisitos de tener la cédula y la inscripción en un registro de electores residente, lo que se consideraba un obstáculo para el libre flujo del proceso de la votación, al agregar un esfuerzo de información, educación y comunicación que sobrecarga la capacidad de la JCE.
La observación cuestionaba la omisión de que el diputado de una demarcación debía residir en la misma durante el período por el cual resultare electo, y tampoco contemplaba que las personas naturalizadas sólo podrán ser elegidas 10 años después de haber adquirido la nacionalidad dominicana.
El proeycto fue aprobado el pasado 10 de febrero por el Congreso Nacional.
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